Artículo 50 Gratificación Legal Mensual
La modalidad más común en contratos de trabajo es pagar mensualmente el 25% del sueldo devengado con el tope del Art. 50 (4,75 salarios mínimos anuales / 12 meses), lo que exime a la empresa de reliquidar utilidades al final del año.
Topes Previsionales 2026 90 UF y 135,2 UF
El SIS y la Mutualidad topan en 90 UF (≈ $3,68 millones), mientras que el Seguro de Cesantía topa en 135,2 UF (≈ $5,52 millones). Por sobre estos límites, las cotizaciones no siguen subiendo.
Ley 16.744 Tasa de Mutualidad por Rubro
Comprende la cotización básica obligatoria (0,90%), la Ley SANNA (0,03%) y una cotización adicional diferenciada que depende de la tasa de siniestralidad y el riesgo de la actividad de la empresa.