Pago anticipado · Ley 18.010, artículo 10

¿Te conviene prepagar tu crédito?

La comisión máxima que te pueden cobrar, los intereses que dejas de pagar y cómo queda tu crédito.

  • Consumo y automotriz
  • Hipotecario en UF
  • Total o parcial
Comisión máxima1 mesde intereses (1,5 en UF)

Tu crédito hoy

1El crédito
$
El saldo insoluto o «monto para prepago» que informa tu banco. Sin intereses ni seguros.
2El prepago
$
Igual al saldo para pagar todo. Menos para un prepago parcial.

La comisión

Tiene un tope legal

La ley permite cobrar una comisión por pagar antes, pero con techo: un mes de los intereses pactados, calculados sobre el capital que prepagas. Si tu crédito es reajustable, como un hipotecario en UF, el techo sube a un mes y medio. Pide siempre el «monto para prepago» por escrito.

El ahorro

Los intereses que ya no pagas

Al prepagar dejas de pagar los intereses futuros de ese capital. Cuanto más alta la tasa y más largo el plazo que te queda, más ahorras. Al final del crédito, cuando las cuotas son casi puro capital, el ahorro es menor.

Parcial

Plazo o cuota

Si prepagas una parte, eliges si mantienes la cuota y terminas antes o si mantienes el plazo y bajas la cuota. Acortar el plazo ahorra más intereses; bajar la cuota libera plata cada mes.

Cómo calculamos

Cuota fija y el tope del artículo 10.

1

Cuota actual = saldo × tasa / (1 − (1 + tasa)−cuotas). En UF, la tasa mensual es la anual dividida por 12.

2

Comisión máxima = monto prepagado × tasa mensual × 1 (en pesos) o × 1,5 (en UF).

3

Intereses que te quedan = cuota × cuotas − saldo. Después del prepago se recalculan con el saldo nuevo.

4

Ahorro = intereses antes − intereses después − comisión.

Estimación, no asesoría financiera. Supone que prepagas el día de una cuota, sin intereses devengados entre cuotas, y no incluye seguros ni gastos. La comisión que calculamos es el máximo legal: tu contrato puede fijar una menor. Fuente: artículo 10 de la Ley 18.010.