Tope 90 UF
El máximo imponible oficial
La Superintendencia de Pensiones fijó en 90 UF el tope imponible mensual vigente para pensiones, salud y accidentes del trabajo. La cotización legal máxima de salud equivale a 7 % de esa base.
Cotización de salud · 7 % legal
Estima el 7 % legal sobre el sueldo imponible y, en Isapre, compara esa cotización con el precio total pactado del plan. Usa el tope previsional oficial de 90 UF.
Tu situación
Fonasa usa el 7 % legal. En Isapre, el precio pactado se compara con ese 7 %: el total es el mayor de ambos valores.
Tope 90 UF
La Superintendencia de Pensiones fijó en 90 UF el tope imponible mensual vigente para pensiones, salud y accidentes del trabajo. La cotización legal máxima de salud equivale a 7 % de esa base.
Plan en UF
El contrato de Isapre expresa su precio en UF. Ese precio total puede incluir plan complementario, GES, CAEC, beneficios y beneficiarios. No se suma completo encima del 7 %: se compara con la cotización legal. El precio base puede subir una vez al año, desde junio, y nunca más que el indicador máximo que fija en marzo la Superintendencia de Salud (Ley 21.350).
Fonasa vs Isapre
Fonasa ordena a sus beneficiarios en tramos A, B, C y D según ingreso y cargas; se atiende en la red pública y permite la libre elección con prestadores en convenio, pagando un copago. En una isapre firmas un contrato de plazo indefinido con un plan pactado; antes completas una declaración de salud, y una enfermedad preexistente que no declares puede quedar sin cobertura. Compara el precio total en UF con tu 7 % y revisa la cobertura y la red del plan.
Cómo calculamos
Base imponible = min(sueldo, 90 UF).
Cotización legal 7 % = base imponible × 7 %.
Precio del plan = plan total en UF × UF vigente.
Total Isapre = mayor entre cotización legal y precio del plan.
Diferencia = max(precio del plan − cotización legal, 0).
Excedente = max(cotización legal − precio del plan, 0).
Estimación, no asesoría previsional. Cada contrato puede incluir componentes, beneficiarios, excedentes o bonificaciones distintos. Verifica el precio total pactado con tu Isapre. Fuentes: Decreto Ley 3.500, artículo 84 (7 %), Superintendencia de Pensiones (tope de 90 UF), Superintendencia de Salud y DFL 1 de 2005 del Ministerio de Salud (arts. 142, 144 ter, 160, 170, 188 a 190 y 198; este último, con la Ley 21.350).
La cotización legal de salud es 7 % de la remuneración imponible, con tope de 90 UF ($3.712.287 hoy). Puedes destinarla a Fonasa, el seguro público, cuyos beneficiarios se ordenan en tramos A, B, C y D según su ingreso, o a una isapre, una aseguradora privada fiscalizada por la Superintendencia de Salud, que ofrece planes normalmente en UF. Si el plan cuesta más que el 7 %, la diferencia es la cotización adicional que sale de tu sueldo.