Un ejemplo de un mes
Ventas netas del mes: $10.000.000 → débito fiscal (19 %): $1.900.000.
Compras netas del giro con factura: $6.000.000 → crédito fiscal: $1.140.000.
IVA a pagar en el F29: $1.900.000 − $1.140.000 = $760.000.
El IVA no es un costo para la empresa que vende: lo cobra al cliente y lo traspasa al fisco. El que lo soporta de verdad es el consumidor final, que no puede usarlo como crédito.
Qué compras dan derecho a crédito fiscal
- Deben estar respaldadas con factura (o declaración de importación) emitida a nombre de la empresa.
- Deben estar relacionadas con el giro y con operaciones afectas a IVA. Lo que se usa para ventas exentas no da crédito.
- Deben estar en el Registro de Compras y Ventas del SII.
- Algunas compras no dan crédito aunque tengan factura, como por regla general los automóviles y station wagons, salvo los giros que la ley exceptúa.
Si una factura llega tarde, la ley permite usar el crédito en los dos períodos siguientes (artículo 24).
Qué es el remanente
Si en un mes el crédito supera al débito, no se paga IVA y la diferencia queda como remanente de crédito fiscal: se reajusta y se usa en los meses siguientes (artículo 26). Pasa típicamente cuando una empresa compra mucho para partir o para una temporada alta.
Dónde se declara
En el Formulario 29, que los contribuyentes que facturan electrónicamente presentan hasta el día 20 del mes siguiente. El SII propone el débito y el crédito a partir de las facturas electrónicas del Registro de Compras y Ventas.