Impuestos · SII · Ley de la Renta

Impuesto global complementario

Impuesto anual que suma todas las rentas de una persona del año anterior. Se declara en abril en el Formulario 22.

Definición

El impuesto global complementario es el impuesto personal, anual y progresivo que pagan las personas con domicilio o residencia en Chile sobre la suma de todas sus rentas del año (artículo 52 de la Ley sobre Impuesto a la Renta). Se declara en la Operación Renta, en abril, con el Formulario 22.

Qué rentas suma

Es «global» porque junta todo: sueldos de uno o más empleadores, honorarios, retiros y dividendos de empresas, intereses y ganancias de inversiones que no tengan un régimen especial, y arriendos que no estén exentos. Es «complementario» porque completa lo que ya se pagó durante el año con el impuesto único y las retenciones.

La tabla anual

Los tramos son los mismos del impuesto único, pero en UTA (unidad tributaria anual) en vez de UTM. Con la UTA de diciembre de 2025 ($834.504), la que usa la Operación Renta 2026:

Tramo (UTA)En pesosTasa marginal
0 a 13,5 UTAhasta $11.265.804Exento
13,5 a 30 UTAhasta $25.035.1204%
30 a 50 UTAhasta $41.725.2008%
50 a 70 UTAhasta $58.415.28013,5%
70 a 90 UTAhasta $75.105.36023%
90 a 120 UTAhasta $100.140.48030,4%
120 a 310 UTAhasta $258.696.24035%
Más de 310 UTAmás de $258.696.24040%

Si la base imponible anual no supera 13,5 UTA, no hay impuesto que pagar, aunque igual puede convenir declarar para recuperar retenciones.

Créditos: lo que ya pagaste se descuenta

  • Impuesto único retenido por tus empleadores durante el año.
  • Retenciones de boletas de honorarios, que primero se usan para tus cotizaciones de independiente y el saldo se imputa al impuesto.
  • Crédito por impuesto de primera categoría en retiros y dividendos, según el régimen tributario de la empresa.

Si los créditos superan el impuesto, el SII devuelve la diferencia; si no alcanzan, se paga.

Por qué dos empleadores casi siempre pagan

Cada empleador retiene impuesto único como si su sueldo fuera el único. Dos sueldos que por separado caen en el tramo de 4 %, sumados pueden caer en el de 8 % o más. En abril el global complementario recalcula con la suma y cobra la diferencia. Por eso, quien tiene dos trabajos simultáneos conviene que reserve algo para la Operación Renta.

Preguntas frecuentes

¿Quién está obligado a declarar global complementario?

Las personas con rentas distintas de un solo sueldo: dos o más empleadores simultáneos, honorarios, retiros o dividendos, entre otras. Con un único empleador todo el año, el impuesto único ya cumple.

¿Cuál es la diferencia con el impuesto único?

El impuesto único es mensual y se aplica a cada sueldo por separado. El global complementario es anual y se aplica a la suma de todas las rentas.

¿Cuál es la tasa más alta?

El tramo superior, sobre 310 UTA de renta anual, paga 40 % marginal.

Fuentes oficiales

Ficha revisada el 09-10-2026. Las cifras en pesos se recalculan con la UF y la UTM oficiales cada vez que se actualiza el sitio. Es información general, no asesoría tributaria, legal ni financiera.

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